vigencias de permisos


Es recomendable que en cada municipio se soliciten los requisitos que aplican en su territorio y en especial lo propio de la vigencia de los permisos. Siendo el caso de una obra nueva, hay que calcular el tiempo posible que llevará la obra y gestionar los refrendos de tiempo y responsabilidades técnicas para que en todo momento la obra esté dentro de la formalidad.

La vigencia del permiso para edificar un templo es de 2 años con opción de refrendar por otros 2 años. Bajo este panorama, es importante que, al realizar la planeación de la obra, se considere aquella que puede hacerse en este periodo para tener dos ventajas:

a) Pagar los derechos solamente por la obra posible de ejecutar;

b) Dosificar los recursos en sólo aquellas etapas que pueden ser realizadas.

La disposición para solicitar los permisos de construcción municipal y federal previo a la obra redunda en seguridad de la inversión de la feligresía y aumenta la confianza para aportar los recursos necesarios cuando sean ocupados.